Requisitos de alta colegial y documentación a presentar

Para colegiarse se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del título de Licenciado en Veterinaria o de los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquellos, todo ello de acuerdo con lo previsto también en las normas y acuerdos de la Unión Europea.

  • Ser de nacionalidad española o de la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, salvo lo dispuesto en tratados o convenios internacionales o dispensa legal.
  • Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
  • No haber sido condenado por sentencia firme que en el momento de la solicitud le inhabilite para el ejercicio profesional.
  • Satisfacer la cuota de ingreso y demás que tenga establecidas el Colegio.
  • Cumplir los requisitos de idoneidad o aptitud para el ejercicio profesional establecidos o que se establezcan reglamentariamente o a través de acuerdos de los órganos colegiados del Consejo General de Colegios Veterinarios de España y del Consejo de Colegios Veterinarios de Castilla y León.

Documentación necesaria:

Y si procedes de otro colegio:

  • Certificado de colegiación del Colegio de procedencia en el que se haga constar que se está al corriente de los pagos y que no tiene ninguna nota desfavorable.

Modelo de solicitud normalizado si nunca te has Colegiado

Información sobre cuotas colegiales

Cuotas de entradas o incorporación y ordinarias.

  • Todos los colegiados satisfarán cuotas ordinarias, sin perjuicio de las cuotas de entrada que al incorporarse al Colegio han de satisfacer. La cuantía de las cuotas  será fijada por la Junta de Gobierno del Colegio, que será igual para todos los colegiados, La cuota de incorporación no podrá superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
  • Cuota de alta: 30€ en un único pago al colegiarse o recolegiarse.

  • Cuota trimestral ordinaria: 55,87€.

    35,16€ corresponden al Consejo General de Colegios Veterinarios de España y 20,71 al Colegio Oficial de Veterinarios de Salamanca. SIendo éste último pago el correspondiente en caso de doble colegiación.

  • Cuota trimestral Jubilados: 18.03€ para el Consejo General de Colegios Veterinarios de España.  Sin cuota para el Colegio Oficial de Veterinarios de Salamanca.

Requisitos de baja colegial y documentación a presentar

  • La baja voluntaria, al cesar en el ejercicio profesional en cualquiera de sus modalidades, debe ser notificada al Colegio mediante solicitud por escrito.

  • La pérdida de la condición de colegiado será acordada por la Junta de Gobierno del Colegio en resolución motivada, que será debidamente notificada al mismo.

  • Se recuperará la condición de colegiado mediante petición de reingreso, solicitar la admisión y que ésta sea aceptada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.4, así como probar que se poseen los requisitos previstos en este estatuto para colegiarse.

Modelo de solicitud normalizado

 Subvención de cuota a colegiados en situación de desempleo

Condiciones para la concesión de subvenciones

  • Que el colegiado esté al corriente de pago de las cuotas colegiales a día de la solicitud de concesión de la subvención.

  • Que la situación de desempleo se de durante todos los días del trimestre natural en el que deba aplicarse la subvención.
  • Certificado acreditativo de no estar dado de alta en el IAE en el trimestre socilitado o en su defecto la declaración trimestral de IVA correspondiente “SIN ACTIVIDAD”

Procedimiento de subvención

Los colegiados que tengan derecho a la percepción de la subvención deberán comunicarlo  al Colegio, aportando los justificantes que acrediten el cumplimiento de las condiciones mediante:

  • Tarjeta de demanda de empleo debidamente actualizada.
  • Informe de la vida laboral del trimestre sobre el que se solicita la subvención.

Todo ello sin perjuicio de que el Colegio solicite o utilice cualquier tipo de información que se estime necesaria para determinar el cumplimiento de las condiciones para la concesión de la subvención.

El plazo para la presentación de la solicitud de la subvención de la cuota será del 1 al 7 del mes siguiente de la finalización del trimestre natural para el que se solicita la subvención, pudiendo realizarse de manera telemática, si bien deberá conservar los originales en su poder por si se estima necesaria su aportación.